Derecho y robótica · Revisado sept. 2026

Abogado de Robots

David Fernández · Director de DF Abogados

Quién paga si un robot doméstico provoca un incendio o una lesión

Robot humanoide doméstico entrega una taza a una niña en el salón de casa, junto a sus padres

Si un robot doméstico causa un daño por un defecto, responde el fabricante sin que la víctima tenga que probar su culpa; si el fabricante está fuera de la Unión Europea, responde el importador. Si el daño se debe a un mal uso o a falta de vigilancia, responde quien lo usaba o lo tenía a su cargo. El seguro de hogar suele adelantar la indemnización y después reclama al responsable.

Un robot aspirador que se incendia mientras carga, un cortacésped autónomo que hiere a un niño, un robot de compañía que golpea a una persona mayor. Son casos que ya llegan a las aseguradoras y que serán más frecuentes con la llegada de los robots humanoides domésticos. La pregunta es siempre la misma: quién paga. La respuesta depende sobre todo de una cosa: si el daño se debe a un defecto del robot o a cómo se utilizó.

Primera pregunta: ¿defecto o mal uso?

Un producto es defectuoso cuando no ofrece la seguridad que cabría legítimamente esperar, teniendo en cuenta su presentación, sus instrucciones y el uso razonablemente previsible. No hace falta que esté roto: un robot que funciona como fue diseñado puede ser defectuoso si su diseño es inseguro o si sus advertencias son insuficientes.

Si el daño procede de un defecto, se aplica el régimen de responsabilidad por productos defectuosos. Si procede de un uso indebido, de ignorar las instrucciones o de no vigilar el robot, se aplica la responsabilidad civil general. En muchos casos concurren ambas cosas, y la indemnización puede repartirse o reducirse por la culpa de la propia víctima.

Si hubo defecto: responde el fabricante, aunque no tenga culpa

La responsabilidad por productos defectuosos es objetiva: la víctima tiene que probar el daño, el defecto y la relación entre ambos, pero no que el fabricante actuara con negligencia. Para los robots comercializados antes del 9 de diciembre de 2026 se aplica el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios; para los comercializados desde esa fecha, las normas que incorporen la Directiva (UE) 2024/2853.

Frente a la víctima responden, según el caso:

  • El fabricante del robot o del componente defectuoso, incluido el software.
  • Quien pone su marca en el robot, aunque no lo fabrique.
  • El importador en la Unión Europea, si el fabricante está fuera de ella.
  • El vendedor o distribuidor, si no identifica al fabricante o a quien le suministró el robot dentro de plazo.

La protección no se limita al comprador. Puede reclamar cualquier persona física que sufra el daño: un familiar, un invitado o una empleada del hogar.

Si no hubo defecto: responde quien lo usaba

Si el robot funcionaba correctamente y el daño se debe a cómo se utilizó, responde quien lo manejaba o lo tenía bajo su control, conforme al artículo 1902 del Código Civil: dejarlo funcionando junto a un bebé, desactivar un sensor de seguridad o usarlo para algo distinto de su finalidad. Aquí sí hay que probar la culpa, y el plazo para reclamar es mucho más corto: un año.

Qué daños se pagan

  • Lesiones y fallecimiento. Para los robots comercializados desde el 9 de diciembre de 2026, también los daños psicológicos médicamente reconocidos.
  • Daños a otros bienes. La vivienda, los muebles o el coche dañados por el incendio. Con el régimen actual se descuenta una franquicia de 390,66 euros; la nueva Directiva la suprime.
  • Datos. Desde el 9 de diciembre de 2026, la destrucción o corrupción de datos que no se usen con fines profesionales.
  • El propio robot no se reclama por esta vía, sino por la garantía de la compraventa frente al vendedor.

El papel del seguro de hogar

Si el robot provoca un incendio o daña la vivienda, lo habitual es que el seguro de hogar indemnice primero al asegurado, según su póliza. Después, la aseguradora puede dirigirse contra el fabricante o el importador para recuperar lo pagado, porque se subroga en los derechos de su cliente conforme al artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro. Para la víctima es la vía más rápida; para el fabricante significa que la reclamación llegará igualmente.

Si el robot causa daños a terceros, como la vivienda del vecino o las lesiones de una visita, puede entrar en juego la cobertura de responsabilidad civil familiar del mismo seguro de hogar.

Qué hacer si ocurre

  1. Atienda a las personas y llame a emergencias si es necesario.
  2. Documente lo ocurrido con fotografías, vídeos y testigos, y pida parte médico de las lesiones.
  3. Si es seguro, desconecte el robot, pero no lo repare, no lo restablezca ni lo actualice: sus registros pueden ser la prueba principal.
  4. Conserve la factura, el modelo, el número de serie y las comunicaciones con el vendedor o el fabricante.
  5. Comunique el siniestro a su aseguradora dentro del plazo de la póliza.
  6. No firme acuerdos ni renuncias antes de conocer el alcance del daño.

Plazos

La acción por producto defectuoso prescribe, con carácter general, a los tres años. La acción por culpa del artículo 1902 del Código Civil, al año. Además, la responsabilidad del fabricante se extingue a los diez años de comercializar el producto, un plazo que la nueva Directiva amplía a veinticinco para las lesiones que tardan en manifestarse. Conviene no esperar: el cómputo de cada plazo depende de las circunstancias del caso.

Más información sobre cómo reclamar en Daños causados por robots.

Información jurídica general, no asesoramiento sobre un caso concreto. Si le afecta una situación parecida, puede contactar con el despacho.